Derecho de Acceso a la Información Pública
La ciudadanía tiene derecho a acceder a documentos y contenidos que obren en poder del Ayuntamiento, siempre que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
El procedimiento para solicitar acceso a la información pública sigue lo establecido en el Capítulo III del Título I de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno , la Ley de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, Ley 10/2019 y la Ordenanza de Transparencia, Acceso a la Información, Reutilización de los datos y Buen Gobierno de San Lorenzo de El Escorial, que regula a qué información se puede acceder, quién tiene derecho a hacerlo, cómo debe solicitarse y los límites aplicables a este derecho.
> Solicitud de acceso de terceros a expedientes administrativos
Debes presentarlo a través de:
- Registro General Electrónico
- Presencialmente, en el Registro General del Ayuntamiento. Plaza de la Constitución, 3.
- A través de la Oficina de Correos, mediante Correo certificado a la dirección del Ayuntamiento. Plaza de la Constitución, 3, 28200 San Lorenzo de El Escorial.
- Cualquier otro medio previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).
Peticiones de acceso a la información pública
Peticiones de acceso a la información según la Ley de en virtud del derecho establecido en la Ley 19/2013 de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en la Ley 10/2019 de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid: