la Ley 2/2003, de 11 de marzo de Administración Local de la Comunidad de Madrid, en su artículo 33, establece que:

«Las comisiones informativas son órganos municipales encargados del estudio, dictamen, investigación, informe o análogas funciones no resolutivas respecto de aquellos asuntos cuya resolución es competencia del Pleno, así como el seguimiento de la gestión del Alcalde, la Comisión de Gobierno y los Concejales que ostenten delegaciones, sin perjuicio de las competencias de control que corresponden al Pleno».

Todos los grupos políticos integrantes de la corporación tendrán derecho a participar en dichos órganos, mediante la presencia de concejales pertenecientes a los mismos en proporción al número de Concejales que tengan en el Pleno.

Composición de la Comisión de Estudio, Informe y Seguimiento:

 

Composición de la Comisión Especial de Cuentas:

 

Remuneraciones por asistencia a las Comisiones Informativas:

Los miembros de la Corporación Municipal que no desempeñen sus puestos en régimen de dedicación exclusiva o parcial, percibirán (Aprobado en sesión extraordinaria de Pleno celebrado el 20 de julio de 2023):

  • Por asistencia a las sesiones de la Comisión Informativa: 90 euros por sesión